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Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedINLa miel de Liébana, uno de los productos estrella cántabros, ha sido publicado en el registro del Diario Oficial de la Unión Europea y será reconocida como Denominación de Origen Protegida. Dicho acuerdo entrará en vigor el próximo día 25 de abril, según establece el propio texto del Reglamento citado, que señala el plazo de veinte días posterior al de su publicación para su vigencia legal.
El consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación del Gobierno de Cantabria, Jesús Oria, ha querido recordar que este era un objetivo muy buscado, "perseguido administrativamente desde 2004", año en el que dio comienzo una "larga y ardua" tarea administrativa que ha concluido ahora con la consecución de este "feliz reconocimiento".
Una DOP con repercusión "enorme" en su promoción
Oria ha añadido que la DOP obtenida por la `Miel de Liébana' en Bruselas es algo "que va a repercutir enormemente en su difusión y promoción internacional", además de producirse en un momento en el que el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma está "en la cresta de la ola", no sólo por la "prioridad" que la Consejería y el Gobierno le ofrecen, sino también por "los recientes y repetidos premios que reciben sus productos" y que hemos podido conocer en estas últimas semanas.
La miel de Liébana es un producto alimenticio elaborado por las abejas melíferas de la comarca a partir del néctar de las flores o de las secreciones procedentes de las partes vivas de las plantas que crecen en los ecosistemas de Liébana, que las abejas liban, transforman, combinan con sustancias específicas propias, depositan, deshidratan, almacenan y dejan madurar en los panales de la colmena
Zona Geográfica
La zona geográfica abarca todos los términos municipales de la comarca de Liébana , perteneciente a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Los municipios que conforman la comarca son:
Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de Liébana, Pesaguero, Potes,Tresviso y Vega de Liébana.
Fases específicas que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida
Todas las fases de la producción y extracción de las mieles de Liébana, asi como el envasado han de realizarse en la zona amparada.
Etiquetado
En el etiquetado del producto, además de las indicaciones obligatorias que establece la normativa sobre etiquetado y presentación de los productos alimenticios, figurará obligatoriamente y de forma destacada:
El nombre de la Denominación de Origen: “Miel de Liébana”.
La mención “Denominación Geográfica Protegida” o “DOP” y el símbolo de la Unión Europea correspondiente.
Tipo de miel: Miel de Mielada o Monofloral de Brezo (según las características melisopalinológicas establecidas en la descripción del producto).
El logotipo identificador especifico de la Denominación de Origen.
La numeración de control con el nombre de la Entidad de Control o contraetiqueta
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